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Yahya Kemal Beyatlı.

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lunes, 7 de julio de 2014

Alternativas inmobiliarias para la Clase Media Emergente

Hace aproximadamente una década era común pensar en Las Condes, Vitacura o Providencia cuando se hablaba de barrios exclusivos en Santiago a los cuales sólo podía acceder la Clase Alta o A, B, C 1. Posteriormente surgió Chicureo como alternativa para dicho estrato social si quería alejarse del ajetreo citadino que ya había invadido más allá de La Dehesa.
Más o menos por la misma época, quienes se hartaban de la urbanización explosiva, pero tampoco pretendían mudarse a esos barrios ya sea por considerarlos económicamente inaccesibles o por las largas distancias que debían recorrer desde y hacia sus trabajos, eligieron emprender rumbo a provincias y establecerse en Viña del Mar o Rancagua, por ejemplo.
Dicho lo anterior, tenga en cuenta que los nuevos proyectos inmobiliarios contemplan la paulatina urbanización de sectores circundantes de la Región Metropolitana y Santiago específicamente. Si bien la industria continúa renovando el espacio urbano ya conocido, ahora también ofrece alternativas en zonas aparentemente aisladas pero bastante cómodas y seguras, contribuyendo así a la descentralización.
Sin embargo, hoy en día las opciones son mucho más variadas y al alcance del sector social denominado Clase Media Emergente. Es necesario, para saber a qué grupo pertenece, entender la diferencia entre ambos.

Cómo postular al subsidio.
El Decreto Supremo N° 1 de 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo establece entrega de subsidios habitacionales para la construcción o compra de una vivienda económica nueva o usada considerando dentro de las posibilidades los sectores urbanos o rurales. Empero, estos subsidios están dirigidos a postulantes con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda a través de un crédito hipotecario o recursos propios.
Este programa contempla el subsidio de Título I para Grupos Emergentes, que se considera aplicable para la compra o construcción de una vivienda de hasta UF 1.200. Sin embargo, para postular a éste, el ingreso mensual neto del núcleo familiar no debe superar las UF 40.
Así mismo, también integra el subsidio de Título II para la Clase Media, que se considera aplicable para la compra o construcción de una vivienda de hasta UF 2.000. En este caso, el ingreso mensual neto del núcleo familiar no debe superar las UF 60.
El monto entregado por este programa de subsidio para Grupos Emergentes de Título I se establece según la ubicación de la vivienda considerando todas las regiones, provincias y comunas excepto regiones de Chiloé, Aysén, General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y Antártica Chilena; provincia de Palena y comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández. Sin embargo, para cualquier opción el postulante debe contar con un mínimo de UF 30 ahorradas.
En el caso de la Clase Media o Título II se establece según la misma delimitación territorial. No obstante, el postulante requiere ahorro mínimo de UF 50.
Entre los requisitos que debe cumplir el postulante a este subsidio, se considera siempre la mayoría de edad y que además, cuente con el ahorro mínimo dependiendo al título que se pretende, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda actualizada al último día hábil del mes anterior a la postulación, que debe estar a nombre del postulante o en su defecto, del cónyuge.
Es importante señalar que para mantener vigente la postulación, durante el proceso de selección la cuenta de ahorros no debe tener giros ya que esto causaría la anulación del proceso, exclusión del postulante de la nómina o la caducidad del certificado de subsidio. Cabe mencionar que el ahorro mínimo requerido permite postular, pero el adicional otorga puntaje para la selección.
Adicional a esto, es vital contar con el puntaje requerido en la Ficha de Protección Social o FPS que para Grupos Emergentes de Título I es máximo 13.484 puntos mientras que para Clase Media de Título II dicho documento no es obligatorio, pero otorga puntaje si cuenta con menos de 13.484 puntos. Los postulantes al Título II que no cuenten con Ficha de Protección Social o que no quieran acreditarla, deben presentar la Declaración Jurada Simple – Cargas Familiares (D-5).
Aunque parezca obvio decirlo, no podemos omitir que tanto el postulante como su cónyuge o cualquier otro pariente acreditado en la postulación no deben ser propietarios de alguna vivienda o sitio y en este último caso, sólo le estará permitido construir en dicho espacio. Así también, quienes figuren como propietarios de más de un sitio no podrán postular a menos que estos terrenos no sean aptos para construir una vivienda habiéndolo acreditado ante SERVIU.
Así mismo, el postulante quedará excluido del proceso si es beneficiario de un subsidio o posee un certificado vigente. Del mismo modo, no puede postular simultáneamente a otro programa habitacional o si es declarado familiar de un postulante beneficiado.
Para postular es necesario acudir a las oficinas del SERVIU, delegaciones, municipalidades u organismos públicos acreditados por éste en las fechas señaladas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El interesado puede postular directamente en forma individual o si existe algún impedimento, le es permitido delegar esta tarea en su cónyuge, padres, hermanos o hijos a través de un mandato notarial. El trámite de postulación es totalmente gratuito y debe presentarse la Cédula Nacional de Identidad vigente en formato original y fotocopia siendo el postulante un chileno. Sin embargo, si es extranjero, debe presentar su Cédula de Identidad para Extranjeros en formato original y fotocopia además del Certificado de Permanencia Definitiva en los mismos formatos, contando con una antigüedad mínima de cinco años en territorio nacional.
Recuerde también acreditar el ahorro y a los miembros adultos del grupo familiar presentando la fotocopia de Libreta de Ahorro Bancaria para la vivienda y de las Cédulas de Identidad de cada integrante, incluyendo las originales, respectivamente junto con suscribir la Declaración de Núcleo Familiar o D-1 que señala la prohibición de postular por tres años, excepción hecha del cónyuge.
Además, debe presentar un certificado pre aprobación de crédito o de pre calificación como sujeto de crédito hipotecario, que es otorgado por alguna entidad crediticia o en su defecto, Servicios de Bienestar que brindan créditos con fines habitacionales. Sólo se hará una excepción a esto cuando el postulante cuente con un ahorro total mínimo de UF 200 para postular al Título I y de UF 400 para el Título II, que deberán estar depositadas en la cuenta de ahorro al último día hábil del mes anterior a la fecha de postulación.

Evolución de las Clases Medias.
Es importante considerar todo esto, dado que la Clase Media Emergente ha cobrado estabilidad y mayor poder adquisitivo durante los últimos años, como lo demuestra un Análisis Transversal de Economías Emergentes hecho por BBVA Research en Madrid durante enero de 2013, donde se revela por ejemplo, que existe una notoria recuperación luego de la crisis vivida entre los años 80 y 90. Así pues, en 2010 las Clases Medias en América Latina tuvieron un aumento del 70% en su proporción, lo cual podría continuar concentrándose en el segmento Medio-Alto. Un ejemplo de esto es Perú, quien acusa la mejor evolución de la región mientras que en Europa, el porcentaje de personas que pasará de la Clase Media-Media a la Media Alta aumentará en 41 puntos en Rusia y en 27 puntos en Turquía en el período 2000-2020.
De acuerdo con este estudio, Argentina y Chile hicieron un progreso notable en la década pasada. De acuerdo con las previsiones, las ganancias se extenderán ahora a la Clase Media-Alta y a la Clase Alta. Según la proyección realizada, se espera que al ser los países más poblados de la región, Brasil llegue a tener 40 millones de personas pertenecientes a la Clase Media-Media mientras que México tendrá 30 millones sobre un total de 100 para 2020, impulsando este segmento social en toda América Latina.

Fuentes: MINVU.cl y bbvaresearch.com

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Yahya. Carlos Flores A.
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