Hace
aproximadamente una década era común pensar en Las Condes, Vitacura o
Providencia cuando se hablaba de barrios exclusivos en Santiago a los cuales
sólo podía acceder la Clase Alta o A, B, C 1. Posteriormente surgió Chicureo
como alternativa para dicho estrato social si quería alejarse del ajetreo
citadino que ya había invadido más allá de La Dehesa.
Más o menos por
la misma época, quienes se hartaban de la urbanización explosiva, pero tampoco
pretendían mudarse a esos barrios ya sea por considerarlos económicamente
inaccesibles o por las largas distancias que debían recorrer desde y hacia sus
trabajos, eligieron emprender rumbo a provincias y establecerse en Viña del Mar
o Rancagua, por ejemplo.
Dicho
lo anterior, tenga en cuenta que los nuevos proyectos inmobiliarios contemplan
la paulatina urbanización de sectores circundantes de la Región Metropolitana y
Santiago específicamente. Si bien la industria continúa renovando el espacio
urbano ya conocido, ahora también ofrece alternativas en zonas aparentemente
aisladas pero bastante cómodas y seguras, contribuyendo así a la
descentralización.
Sin embargo, hoy
en día las opciones son mucho más variadas y al alcance del sector social
denominado Clase Media Emergente. Es necesario, para saber a qué grupo
pertenece, entender la diferencia entre ambos.
Cómo
postular al subsidio.
El Decreto
Supremo N° 1 de 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo establece entrega
de subsidios habitacionales para la construcción o compra de una vivienda
económica nueva o usada considerando dentro de las posibilidades los sectores
urbanos o rurales. Empero, estos subsidios están dirigidos a postulantes con
capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda a
través de un crédito hipotecario o recursos propios.
Este programa
contempla el subsidio de Título I para Grupos Emergentes, que se considera
aplicable para la compra o construcción de una vivienda de hasta UF 1.200. Sin
embargo, para postular a éste, el ingreso mensual neto del núcleo familiar no
debe superar las UF 40.
Así mismo,
también integra el subsidio de Título II para la Clase Media, que se considera
aplicable para la compra o construcción de una vivienda de hasta UF 2.000. En
este caso, el ingreso mensual neto del núcleo familiar no debe superar las UF
60.
El monto
entregado por este programa de subsidio para Grupos Emergentes de Título I se
establece según la ubicación de la vivienda considerando todas las regiones,
provincias y comunas excepto regiones de Chiloé, Aysén, General Carlos Ibáñez
del Campo, Magallanes y Antártica Chilena; provincia de Palena y comunas de
Isla de Pascua y Juan Fernández. Sin embargo, para cualquier opción el
postulante debe contar con un mínimo de UF 30 ahorradas.
En el caso de la
Clase Media o Título II se establece según la misma delimitación territorial.
No obstante, el postulante requiere ahorro mínimo de UF 50.
Entre los
requisitos que debe cumplir el postulante a este subsidio, se considera siempre
la mayoría de edad y que además, cuente con el ahorro mínimo dependiendo al
título que se pretende, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda
actualizada al último día hábil del mes anterior a la postulación, que debe
estar a nombre del postulante o en su defecto, del cónyuge.
Es importante
señalar que para mantener vigente la postulación, durante el proceso de
selección la cuenta de ahorros no debe tener giros ya que esto causaría la
anulación del proceso, exclusión del postulante de la nómina o la caducidad del
certificado de subsidio. Cabe mencionar que el ahorro mínimo requerido permite
postular, pero el adicional otorga puntaje para la selección.
Adicional a
esto, es vital contar con el puntaje requerido en la Ficha de Protección Social
o FPS que para Grupos Emergentes de Título I es máximo 13.484 puntos mientras
que para Clase Media de Título II dicho documento no es obligatorio, pero
otorga puntaje si cuenta con menos de 13.484 puntos. Los postulantes al
Título II que no cuenten con Ficha de Protección Social o que no quieran acreditarla,
deben presentar la Declaración Jurada Simple – Cargas Familiares (D-5).
Aunque parezca
obvio decirlo, no podemos omitir que tanto el postulante como su cónyuge o
cualquier otro pariente acreditado en la postulación no deben ser propietarios
de alguna vivienda o sitio y en este último caso, sólo le estará permitido
construir en dicho espacio. Así también, quienes figuren como propietarios de
más de un sitio no podrán postular a menos que estos terrenos no sean aptos
para construir una vivienda habiéndolo acreditado ante SERVIU.
Así mismo, el
postulante quedará excluido del proceso si es beneficiario de un subsidio o
posee un certificado vigente. Del mismo modo, no puede postular simultáneamente
a otro programa habitacional o si es declarado familiar de un postulante
beneficiado.
Para postular es
necesario acudir a las oficinas del SERVIU, delegaciones, municipalidades u organismos
públicos acreditados por éste en las fechas señaladas por el Ministerio de
Vivienda y Urbanismo.
El interesado
puede postular directamente en forma individual o si existe algún impedimento,
le es permitido delegar esta tarea en su cónyuge, padres, hermanos o hijos a
través de un mandato notarial. El trámite de postulación es totalmente gratuito
y debe presentarse la Cédula Nacional de Identidad vigente en formato original
y fotocopia siendo el postulante un chileno. Sin embargo, si es extranjero,
debe presentar su Cédula de Identidad para Extranjeros en formato original y
fotocopia además del Certificado de Permanencia Definitiva en los mismos
formatos, contando con una antigüedad mínima de cinco años en territorio
nacional.
Recuerde también
acreditar el ahorro y a los miembros adultos del grupo familiar presentando la
fotocopia de Libreta de Ahorro Bancaria para la vivienda y de las Cédulas de
Identidad de cada integrante, incluyendo las originales, respectivamente junto
con suscribir la Declaración de Núcleo Familiar o D-1 que señala la prohibición
de postular por tres años, excepción hecha del cónyuge.
Además, debe
presentar un certificado pre aprobación de crédito o de pre calificación como
sujeto de crédito hipotecario, que es otorgado por alguna entidad crediticia o
en su defecto, Servicios de Bienestar que brindan créditos con fines
habitacionales. Sólo se hará una excepción a esto cuando el postulante cuente
con un ahorro total mínimo de UF 200 para postular al Título I y de UF 400 para
el Título II, que
deberán estar depositadas en la cuenta de ahorro al último día hábil del mes
anterior a la fecha de postulación.
Evolución de las Clases Medias.
Es importante considerar todo esto, dado
que la Clase Media Emergente ha cobrado estabilidad y mayor poder adquisitivo
durante los últimos años, como lo demuestra un Análisis Transversal de
Economías Emergentes hecho por BBVA Research en Madrid durante enero de 2013,
donde se revela por ejemplo, que existe una notoria recuperación luego de la
crisis vivida entre los años 80 y 90. Así pues, en 2010 las Clases Medias en
América Latina tuvieron un aumento del 70% en su proporción, lo cual podría
continuar concentrándose en el segmento Medio-Alto. Un ejemplo de esto es Perú,
quien acusa la mejor evolución de la región mientras que en Europa, el
porcentaje de personas que pasará de la Clase Media-Media a la Media Alta
aumentará en 41 puntos en Rusia y en 27 puntos en Turquía en el período
2000-2020.
De acuerdo con este estudio, Argentina y Chile
hicieron un progreso notable en la
década pasada. De acuerdo con las previsiones, las ganancias se extenderán
ahora a la Clase Media-Alta y a la Clase Alta. Según la proyección realizada,
se espera que al ser los países más poblados de la región, Brasil llegue a tener
40 millones de personas pertenecientes a la Clase Media-Media mientras que
México tendrá 30 millones sobre un total de 100 para 2020, impulsando este
segmento social en toda América Latina.
Fuentes:
MINVU.cl y bbvaresearch.com
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